LAS EMPRESAS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA NO SON SEGUROS DICE EL SUPERINTENDENTE DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA DR. LUIS FELIPE MURGUEITO.
Es de
tener en cuenta que las compañías de vigilancia y seguridad privada prestan una
labor preventiva frente al delito y las contravenciones, en procura de ello
establecen procedimientos y controles que de manera indispensable requiere del
concurso de los propietarios, dado que todas las actividades de seguridad son
de responsabilidad compartida para el logro de los objetivos a cumplir, es de
aclarar que ninguna compañía de seguros responde por perdida de joyas, dinero
en efectivo, dinero plástico, moneda extranjera, tarjetas de crédito, títulos
valores, obras de arte, portátiles, radios frontales extraíbles, armas de fuego y todos
aquellos elementos de fácil extracción dejados al interior de la vivienda o
dentro de los vehículos, excepto cuando se aseguren estos elementos en forma
inventariada y de manera independiente con la compañía aseguradora.
El superintendente de vigilancia y seguridad privada Dr. LUIS FELIPE MURGUEITO señala que “Las empresas de vigilancia y seguridad privada no son seguros y están contratadas para disminuir el riesgo generado por agentes externos, pero no necesariamente para evitarlo”. “Que el ciudadano debe asegurar sus propios bienes y tomar las medidas de autoprotección necesaria”.
Es importante recordar que de acuerdo a las normas
y resoluciones sobre vigilancia privada, este es un servicio preventivo de
medio y no de resultados.
Según las normas internacionales de
seguridad establecen que la seguridad de los bienes privados debe ser proporcional a la seguridad del
sitio, lo que indica que el propietario del bien privado debe tomar todas las
medidas de seguridad para proteger los bienes materiales de acuerdo a su valor
mediante instalación de alarmas monitoreadas en su apartamento, utilización de
caja fuerte, puerta de ingreso que brinde la seguridad proporcional a los
bienes en custodia dentro del aérea privada con sus respectivas cerraduras de
seguridad, los dineros y joyas que representen valor de mayor cuantía deben
estar en entidades bancarias o dentro de una caja fuerte que cumpla con todas
las especificaciones de seguridad establecidas para estas cuantías.
QUIÉN RESPONDE POR LOS ROBOS EN LOS CONJUNTOS O EDIFICIOS LA EMPRESA DE VIGILANCIA O LA ADMINISTRACION?
R/: Es
importante resaltar que el Decreto Ley 356 de 1994, contempla en su
artículo 89 la posibilidad para los servicios de vigilancia y seguridad
privada de pactar con el usuario la contratación de un seguro que cubra
los riesgos que afecten los bienes objeto de vigilancia.
De presentarse la situación en la que no se pacto la póliza que cubra los bienes objeto de vigilancia, será la Justicia Ordinaria mediante sentencia en un proceso declarativo quien establezca la responsabilidad de la empresa.
De presentarse la situación en la que no se pacto la póliza que cubra los bienes objeto de vigilancia, será la Justicia Ordinaria mediante sentencia en un proceso declarativo quien establezca la responsabilidad de la empresa.
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