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PROCEDIMIENTOS CON EMPLEADAS DEL SERVICIO- TRASTEOS Y PAQUETES- MENORES DE EDAD- CIRCULAR 011/2011 PROTOCOLO OPERACIONAL SECTOR RESIDENCIAL

PROCEDIMIENTOS CON EMPLEADAS DEL SERVICIO- TRASTEOS Y PAQUETES- MENORES DE EDAD- CIRCULAR 011/2011 PROTOCOLO OPERACIONAL SECTOR RESIDENCIAL




6.1.1.3. Empleadas Domésticas

Al ingresar al inmueble se registra la misma forma que ingresan los visitantes.

La empleada solo podrá ingresar con previa autorización por escrito del usuario, cuando el inmueble se encuentre solo.

Las empleadas domésticas no están autorizadas para permitir el ingreso de visitantes.

Al ingreso y a la salida se le debe practicar la requisa, sin vulnerar la dignidad humana y teniendo en cuenta los parámetros fijados en el código de procedimiento penal  colombiano.

Informar a los usuarios cuando se observen conductas sospechosas por parte de la empleada.


6.1.1.4. Trasteos y Salidas de Paquetes


No se permitirán trasteos en horas de la noche.

Para que un residente pueda realizar un trasteo deberá informar a la administración del inmueble, y a su vez, la administración notificar por escrito a la portería, para que el personal de seguridad permita la salida o el ingreso del trasteo.

El recorredor deberá estar vigilante durante la realización de un trasteo.

La salida de electrodomésticos, muebles, enseres, y demás elementos, se autorizará por parte del residente quién debe informar a la administración del inmueble, y a su vez la administración notificar por escrito a la portería, para que el personal de seguridad permita la salida de los elementos.

Todo paquete grande que sea retirado de las instalaciones por personas diferentes a los propietarios debe ser requisado y registrado en la minuta.

6.1.1.5. Menores de Edad

No permitir la salida de las instalaciones de los niños menores de 12 años sin la compañía de los padres o familiares o con terceros, sin la autorización previa de al menos uno de los padres.
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